Entra en vigor el Real Decreto 176/2023
Con el objetivo de crear entornos de juego seguros entre los jugadores de casinos online con licencia española, en marzo fue aprobado el Real Decreto 176/2023, de 14 de marzo, por el que se desarrollan entornos más seguros de juego. Su entrada en vigor quedó establecida a 6 meses, que se cumplieron el pasado jueves 14 de septiembre.
Los jugadores españoles online que, por su actividad, sean susceptibles de considerarse vulnerables según los criterios establecidos por el Ministerio de Consumo, recibirán mensualmente un informe de actividad de su operador de juego.
Jugadores considerados “con comportamiento intensivo” y “vulnerables”
El Real Decreto 176/2023 estableció que se consideraba jugadores vulnerables o “participantes con un comportamiento de juego intensivo” a “aquellos jugadores o jugadoras que hayan incurrido en pérdidas netas semanales iguales o superiores a 600 euros, durante tres semanas seguidas. En aquellos casos en que sean participantes jóvenes” con edad igual o inferior a 25 años, “las pérdidas netas semanales deberán ser iguales o superiores a 200 euros semanales, durante tres semanas seguidas.”
Obligaciones para los operadores de juego online en España.
En el Capítulo III Políticas activas de información y protección añadidas para determinados colectivos de participantes vulnerables o grupos en riesgo, Sección 1.ª Participantes con un comportamiento de juego intensivo y participantes jóvenes, es donde aparecen los resúmenes mensuales obligatorios de actividad:
“Artículo 20. Resumen mensual de actividad para participantes con comportamientos de juego intensivo.”
“Aquellas personas que reúnan la condición de participantes con comportamientos de juego intensivo deberán recibir el resumen mensual de actividad previsto en el artículo 18, bien mediante la utilización de correo electrónico o cualquier otro medio que permita dejar constancia de la comunicación efectuada.
En cualquier caso, el resumen de actividad deberá remitirse dentro de los primeros cinco días correspondientes al mes siguiente a aquel en el que la persona haya adquirido la condición de participante con comportamientos de juego intensivo, tendrá una periodicidad mensual y se mantendrá, al menos, hasta el mes siguiente a aquel en que haya dejado de reunir esa condición.”
El informe debe recoger los siguientes datos:
- Número de accesos a la plataforma de juego del operador.
- Depósitos y medios de pago usados.
- Histórico de movimientos de la cuenta de juego, con detalle de las transacciones de depósitos, participaciones, premios y retiradas.
- Histórico del balance del gasto.
- Evolución de las modificaciones de los límites de depósito.
Según aclara el Artículo 18 del Real Decreto 176/2023, todos los usuarios (también los que no se consideran vulnerables) podrán solicitar el acceso a estos informes mensuales.
Lo que llegará en 2024
Los plazos de entrada en vigor establecidos al final del Real Decreto 176/2023 son dos: uno general de 6 meses (a cumplir el 14 de septiembre) que afecta a la mayoría de sus artículos, y otro de 12 meses, para los artículos 13, 14, 15, 16, 17, 21 (Limitación a los medios de pago de participantes con comportamientos de juego intensivo), 23 y 30, que entrarán en vigor a los 12 meses de su publicación.